22 julio 2010

En el Tribunal Constitucional se debaten cuestiones religiosas

Dos magistrados del Tribunal Constitucional, Guillermo Jiménez y Ramón Rodríguez, han equiparado la hipotética legalización de la ablación del clítoris con la interrupción voluntaria del embarazo; es decir, comparan la mutilación de una persona con la interrupción voluntaria de un proceso biológico por parte de la persona que lo protagoniza y hace posible.

[IMPORTANTE: El feto no es un ser vivo, ni mucho menos un sujeto jurídico titular de derechos]

Los criterios que sustentan la opinión religiosa de esos dos magistrados son fruto de un dogma de fe que es acientífico y, por tanto, antijurídico.
Sin embargo, lo más inquietante del episodio no es el carácter religioso de los argumentos, sino que ha quedado demostrado una vez más que en el Tribunal Constitucional se debaten asuntos que son ajenos a lo jurídico, hasta el extremo de que las creencias religiosas de una persona o de un grupo entorpecen y condicionan la labor de la institución.    
En Irán, los ayatolás condicionan las decisiones del Estado ¡y se les critica por ello!, en tanto que en España son la curia católica y demás poseedores de la Verdad los que protagonizan similar intromisión y, ¡sorpresa!, esta intromisión sí es correcta.
¿Y el día que en el Constitucional se siente un magistrado de fe hindú que crea en la reencarnación?...

MÁS detalles, en Público.  

CON ANTERIORIDAD: "¿Es constitucional el Tribunal Constitucional?".   

INFORMACIÓN relacionada: "Seis mexicanas, condenadas hasta a 30 años de cárcel por abortar", todas ellas son de extracción humilde... Las mujeres adineradas o hijas de familias adineradas no necesitan arriesgarse a sufrir semejante castigo y, al igual que ocurre en todos los territorios donde el aborto está criminalizado, viajan para interrumpir el embarazo allí donde es legal y está regulado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

NOTA: ImP no publica injurias ni imputaciones de faltas o delitos sin aportar pruebas ni referencias judiciales o sentencia.
Sólo serán publicados los anónimos que a criterio del administrador sean de interés.