10 noviembre 2011

Manosear a siete mujeres contra su voluntad sólo "cuesta" un año de libertad condicional

Casi todas las penas por abusos sexuales, sobre todo
si la mujer es mayor de edad, ponen precio al tiempo
o al modo en que ha "disfrutado" el condenado
..
El empresario E. M., del sector de la limpieza y domiciliado en Zaragoza, estaba acusado de haber acosado sexualmente y someter a tocamientos a siete de sus trabajadoras. El reo se ha sentado apenas ocho minutos en el banquillo de los acusados de la sección primera de la Audiencia y ha sido condenado a una pena menor.
La Fiscalía, la abogada defensora del reo y la acusación particular [ejercida exclusivamente por un letrado, pues sólo una de las víctimas ejerció este derecho] dieron por buena la pena consensuada antes de la vista: E. M. deberá pagar cuatro multas de 3.240 euros como autor de otros tantos abusos sexuales, una sanción de 1.800 euros por un delito continuado de acoso, más un  año de cárcel e inhabilitación por haber manoseado el órgano sexual de una de las víctimas.
Cabe recordar que en el caso de condenas inferiores a dos años de prisión si el reo carece de antecedentes penales en vigor, por lo general no es encarcelado y cumple el castigo en libertad condicional.
Francamente, si se tiene en cuenta que la mayoría de robos de menor cuantía sin violencia u otros agravantes se acostumbran a castigar con penas mayores, y si a eso añadimos la angustia que han vivido esas mujeres, que no podían dejar el empleo porque era el sustento económico del que dependían, la condena impuesta es ridícula. Y vergonzosa.
Sólo uno de los delitos juzgados, el tocamiento del órgano sexual, ha merecido cárcel; en tanto que obligarlas a desnudarse, sobarlas, someterlas a interrogatorios sobre prácticas sexuales, etcétera, han sido castigados con el abono de 14.760 euros...
En el civilizado Occidente, sobre todo en países como España, es habitual que el pago de una cantidad salde el disfrute sexual... y también el delictivo.
¿Por qué las penas por delitos de índole sexual, cuando la víctima es una mujer mayor de edad, acostumbran a ser satisfechas con dinero?
Esta histórica inclinación a vincular sexo y economía, también legalmente, es un rastro de hábitos ancestrales (o no tan viejos) que sigue ahí, entre nosotros; en ocasiones de forma inconsciente y otras veces porque subyace la creencia o la convicción de que el acceso del varón al sexo siempre es comprensible, como si el deseo fuera una droga enajenadora, incluso en casos como el del empresario de marras; salvo que se produzca la sagrada penetración y esta se ejecute con violencia.

[Los hábitos y valores que subyacen inconscientemente o que siguen vigentes son, por ejemplo, el medieval derecho de pernada --en las empresas se dan casos equiparables--, identificar a la mujer con el sexo y sólo con el sexo, el pago de dinero a cambio de sexo --la prostitución--, o el uso del sexo como arma por parte de las mujeras].       

MÁS detalles del caso, en El periódico de Aragón.
OTRO ejemplo de justicia sexista, en "Absuelto de abusar de una menor por tolerarlo la cultura gitana rumana", vía agencia Europa Press.

NOTA:
En 2014, transcurridos tres años, dos más que los impuestos al reo por la Justicia, en este post las identidades de los protagonistas han sido reducidas a las siglas.

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